Lic.Eduardo Miranda Correa**
Lic.Armando Cuenca Salgado
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Presentación

En los inicios del siglo XXI, uno de los temas de mayor trascendencia para el fortalecimiento de la democracia y el buen funcionamiento del régimen electoral, es el del financiamiento de los partidos políticos, las campañas electorales, y la fiscalización, como instrumento corrector del origen y destino de los dineros obtenidos y como regulador de la equidad electoral. Como ha sido reconocido por una gran parte de los estudiosos sobre la temática, la relación, misteriosa y perversa, entre el dinero y la contienda políticoelectoral es el gran problema que enfrentan las democracias modernas y, por supuesto también, la consolidación de la democracia mexicana. Y es que, en la relación entre el dinero y la política -la cual se ha vuelto cada vez más compleja por la aplicación desmedida de recursos económicos en medios masivos de comunicación y de encuestas de opinión, y la contratación de asesores extranjeros especialistas en marketing político- hay, cuando menos, cuatro problemas que tocan directamente a la fiscalización:

  1. El de la relación entre el financiamiento público contra el financiamiento privado;
  2. El alto costo de las campañas políticas;
  3. La anticipación descarada de los candidatos a los puestos de elección popular disfrazada por medio de la figura de las precampañas; y,
  4. La flaqueza de los organismos electorales para llevar a cabo, eficazmente, su labor fiscalizadora.

Una característica relevante del sistema de financiamiento partidista en México, que tiene su origen en una disposición constitucional, es que, en materia de financiamiento, los recursos públicos deben prevalecer sobre los de origen privado. Esta disposición se estableció con el propósito de impulsar y fortalecer un sistema de partidos en México con posiciones ideológicas plurales que diera opción al electorado para definir su voto e impedir que grupos corporativos y económicos tuvieran una influencia fundamental en las decisiones políticas.

También la preeminencia del financiamiento público tenía la intención de lograr que las operaciones financieras de los partidos, sus ingresos y egresos, se hicieran de manera transparente y con reglas claras. Es un hecho que, desde la reforma constitucional de 1996, los instrumentos jurídicos de fiscalización se han venido afinando paulatinamente. Sin embargo, sus límites y alcances se han visto transgredidos por el financiamiento privado. Las donaciones privadas son el principal obstáculo que enfrenta la transparencia de la vida política en México.

Este problema se vuelve más preocupante en la medida que es la matriz de los actos de corrupción, de los que es tan prolija la historia política mexicana actual. Mencionemos sólo los casos más sonados: Pemex, amigos de Fox, video escándalos, altos costos de las campañas políticas, el rebase de los topes de campaña de candidatos de diferentes partidos, los partidos-negocio, etcétera. Todos y cada uno de estos casos está ligado a esa perversa relación dinerocontienda política y su falta de control, lo cual ha tenido, como efecto contradictorio, el debilitamiento de nuestro sistema de partidos con el desencanto del electorado mexicano, claramente reflejado por el alto grado de abstencionismo en la mayoría de las entidades del país donde se han desarrollado últimamente elecciones.

En la actualidad se reconoce la necesidad de actualizar el marco jurídico electoral en materia de financiamiento y fiscalización. Hay, al menos, dos iniciativas en la Cámara de Diputados: una presentada por el Ejecutivo Federal y otra por legisladores de varios partidos. Lo que falta es ver si tendrá la voluntad política para que nuestra
incipiente democracia camine por senderos de mayor transparencia y equidad en el financiamiento.

En este trabajo presentamos una aproximación al desarrollo de la regulación del financiamiento partidista y electoral en Querétaro, en el que se destacan los cambios normativos que han sido fundamentales en el replanteamiento del financiamiento público y se aportan elementos empíricos en los que se plantean los efectos que han producido las reformas al financiamiento en los últimos años.

Evolución normativa del financiamiento

Antecedentes

La historia de la legislación queretana sobre el financiamiento de la política tuvo sus inicios a finales de los setentas como parte del proceso de la apertura política local que se dio como consecuencia de los cambios político electorales implementados en el ámbito federal a través de la conocida reforma política de 1977. Estas primeras e incipientes normas estatales sobre financiamiento, coincidieron con el reconocimiento que se hizo del derecho que tenían los partidos políticos nacionales de participar en las elecciones estatales y municipales, en particular los partidos de oposición que habían permanecido fuera de los procesos electorales locales durante la
década de los sesenta y setenta debido a los obstáculos legales que la ley en la materia les había impuesto.

En la Ley Electoral estatal de 1978 se crearon las denominadas “prerrogativas de los partidos políticos estatales”, que consistían en que las organizaciones partidistas contarían con un “mínimo de elementos para sus actividades encaminadas a la obtención del sufragio popular”, “disponer de los medios adecuados para sus tareas editoriales” y “gozar de exención de impuestos y derechos estatales y municipales, en aquellos bienes o actividades destinadas al cumplimiento de las funciones propias del partido”. Quizá esto constituyó el primer antecedente de un financiamiento público indirecto. Sin embargo, el derecho a esas prerrogativas sólo se aplicaba a los partidos políticos estatales. Los nacionales sólo podían participar si cumplían con los requisitos exigidos para la constitución de organizaciones partidistas estatales.
Además, debido a que no se contemplaron normas para regularlas, la Comisión Electoral del Estado quedó facultada para establecer las reglas que considerara adecuadas.

Lo cierto es que no hubo destinatarios concretos o reales de estas incipientes disposiciones aunque, muy probablemente, sí existió uno: el PRI, pues sólo este partido
estaba en posibilidades de cumplir con los requisitos exigidos.

Sin embargo, a principios de la década de los ochenta, la situación política de Querétaro dio un giro importante. Después de un largo periodo de unipartidismo, la pluralidad y la competencia política irrumpió en las elecciones locales intermedias de 1982, año a partir del cual los cargos de elección popular dejaron de ser espacios exclusivos de un sólo partido. Esto representó un cambio político que formó parte del nuevo escenario que se empezaba a conformar en el país, a partir del avance electoral de la oposición partidista en el ámbito local.

Los impulsos de modernización electoral impulsados por el gobierno federal fueron marcando el ritmo de las reformas seguidas en el plano local. Para no quedar a la zaga de la reforma nacional, a mediados de 1987, en Querétaro se expidió un nuevo código electoral en donde se estableciócomo un nuevo elemento en las llamadas prerrogativas de los partidos políticos estatales, un “sistema” de financiamiento público que, se dijo, la Comisión Electoral otorgaría de forma equitativa, a través de las modalidades, procedimientos y términos que ella estableciera.

Durante la década de los ochenta el pluralismo partidista se fue consolidando en los procesos electorales locales y la representación política se incrementó, tanto en el ámbito del órgano legislativo, como en los ayuntamientos de los municipios del Estado. Esto representó, indudablemente, un avance importante de la oposición partidista pero, a su vez, contrastaba con las desiguales condiciones en que se libraba la lucha electoral entre las diversas fuerzas políticas. Por ello, a finales de la década, era todavía muy evidente el dominio electoral del partido oficial que obtenía, sin mayor dificultad, todos los cargos de elección de mayoría.

* Profesor Investigador de UAQ, Campus San Juan del Río
** Consejero Electoral del Instituto Electoral de Querétaro

 
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